Los días festivos van y vienen y muchos regalos se intercambian entre seres queridos a lo largo de los años. Sin embargo, puede surgir la pregunta de qué sucede con esos regalos cuando una pareja intercambia estos regalos mientras aún están casados y luego se divorcian.
Los tribunales típicamente dividen los bienes en los procedimientos de disolución de dos maneras: bienes conyugales y no conyugales. Según la Ley de Matrimonio y Disolución del Matrimonio de Illinois (IMDMA), los bienes conyugales se definen como “todos los bienes, incluidas las deudas y otras obligaciones, adquiridos por cualquiera de los cónyuges después del matrimonio.” 750 ILCS 5/503(a). La propiedad no marital, en resumen, es la propiedad que se adquirió antes del matrimonio.
Parece que la división de bienes en un divorcio debe ser simple. Sin embargo, ¿qué sucede con los regalos que los cónyuges se hacen durante el matrimonio? Según la IMDMA, no se puede reembolsar a nadie por un regalo hecho durante el matrimonio. Cuando uno de los cónyuges alega que cierta propiedad fue un regalo, debe demostrar que es así mediante pruebas claras, fehacientes e inequívocas. In re Free, 2015 IL App. (1st) 150258-U. Un cónyuge que reclama un artículo de propiedad no es marital porque fue un regalo, también debe mostrar una "intención de donación [del otro cónyuge] para pasar el título y renunciar a todo dominio presente y futuro sobre la propiedad." Id. a P82.
Por ejemplo, si una pareja intercambien regalos este año y, desafortunadamente, se divorciaran más adelante, los obsequios otorgados generalmente se considerarían bienes no matrimoniales y, por lo tanto, generalmente se otorgarían al destinatario, libre y libre de cualquier interés del dador.
Los artículos como los anillos de boda son bienes que se clasifican fácilmente como bienes no conyugales, ya que los anillos son un intercambio entre los cónyuges. Los anillos de compromiso, por otro lado, son obsequios dados en consideración al matrimonio, lo que significa que el anillo no se convierte en un verdadero regalo hasta que se produce el matrimonio.
Intentar sortear esta difícil distinción entre bienes conyugales y no conyugales, especialmente cuando se trata de obsequios entre cónyuges, puede ser abrumador. Si necesita ayuda, comuníquese con los abogados de Lavelle Law para que lo ayuden con su caso.
Si tiene preguntas adicionales sobre el tema anterior, llámenos al 312-322-7555 o envíe un correo electrónico a la abogada Colleen M. Breems a cbreems@lavellelaw.com para programar su consulta gratuita y confidencial de una hora para analizar sus opciones.
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